
Los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP), conocidos internacionalmente por su acrónimo inglés POPs (Persistent Organic Pollutants), son sustancias químicas que:
La Comunidad Internacional, y más concretamente las Naciones Unidas, ha generado instrumentos importantes para regular y controlar los COP. El más ambicioso es el Convenio de Estocolmo, cuyo objetivo es proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los COP, eliminando, y cuando esto no sea posible reduciendo, las emisiones y las descargas de estos contaminantes.
La Conferencia Diplomática para la firma de este Convenio tuvo lugar el 22 y 23 de mayo de 2001 en Estocolmo y contó con la firma de más de 120 países. La UE y todos sus Estados Miembros firmaron el Convenio y las Resoluciones que lo acompañan, manifestando en este acto la importancia de este acuerdo internacional y su voluntad decidida para promover su entrada en vigor. El número de sustancias que regula el Convenio de Estocolmo ha ido creciendo a lo largo de los últimos años.
- Tienen una elevada permanencia en el medio ambiente al ser resistentes a la degradación,
- son bioacumulables, incorporándose en los tejidos de los seres vivos y pudiendo aumentar su concentración a través de la cadena trófica,
- son altamente tóxicos y provocan graves efectos sobre la salud humana y el medio ambiente y,
- tienen potencial para trasportarse a larga distancia, pudiendo llegar a regiones en las que nunca se han producido o utilizad
La Comunidad Internacional, y más concretamente las Naciones Unidas, ha generado instrumentos importantes para regular y controlar los COP. El más ambicioso es el Convenio de Estocolmo, cuyo objetivo es proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los COP, eliminando, y cuando esto no sea posible reduciendo, las emisiones y las descargas de estos contaminantes.
La Conferencia Diplomática para la firma de este Convenio tuvo lugar el 22 y 23 de mayo de 2001 en Estocolmo y contó con la firma de más de 120 países. La UE y todos sus Estados Miembros firmaron el Convenio y las Resoluciones que lo acompañan, manifestando en este acto la importancia de este acuerdo internacional y su voluntad decidida para promover su entrada en vigor. El número de sustancias que regula el Convenio de Estocolmo ha ido creciendo a lo largo de los últimos años.
Principales medidas del Convenio de Estocolmo
1. Eliminar hasta donde sea posible las liberaciones de COP:
2. Fomentar el tránsito a alternativas más seguras con apoyo a la investigación. Principio fundamental que fomenta la sustitución de las sustancias químicas peligrosas, con características COP en este caso, por otras nada o menos peligrosas.
3. Abrir las puertas a la inclusión de nuevos COP. Además de los 12 COP contemplados actualmente en el Convenio, existen otras sustancias con características similares aún no incluidas, por lo que se crea un Comité que considerará nuevas sustancias de acuerdo con la información científica y técnica disponible.
4. Determinar las existencias y los residuos que contienen COP para gestionarlos de manera eficaz y ambientalmente racional, eliminando su contenido de COP hasta donde sea posible. Asimismo, se prevé la identificación y la recuperación ambiental de los emplazamientos contaminados.
5. Promover el intercambio de información, la sensibilización y la educación para que todos los ciudadanos tengan conciencia del peligro real que suponen los COP.
- Prohibiendo la producción, exportación, importación y el uso de los COP de producciónintencional: aldrina ,clordano, dieldrina, endrina, heptacloro, hexaclorobenceno, mirex, toxafeno y Policlorobifenilos (PCBs).
- Prohibiendo la producción y utilización de DDT, salvo en aquellos países que notifiquen su uso en relación con el control de los vectores de transmisión de enfermedades, y siempre, bajo las recomendaciones y las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
- Reduciendo progresivamente las emisiones de los COP generados de forma no intencional: dioxinas, furanos, hexaclorobenceno y PCBs, con el objetivo último de su eliminación.
2. Fomentar el tránsito a alternativas más seguras con apoyo a la investigación. Principio fundamental que fomenta la sustitución de las sustancias químicas peligrosas, con características COP en este caso, por otras nada o menos peligrosas.
3. Abrir las puertas a la inclusión de nuevos COP. Además de los 12 COP contemplados actualmente en el Convenio, existen otras sustancias con características similares aún no incluidas, por lo que se crea un Comité que considerará nuevas sustancias de acuerdo con la información científica y técnica disponible.
4. Determinar las existencias y los residuos que contienen COP para gestionarlos de manera eficaz y ambientalmente racional, eliminando su contenido de COP hasta donde sea posible. Asimismo, se prevé la identificación y la recuperación ambiental de los emplazamientos contaminados.
5. Promover el intercambio de información, la sensibilización y la educación para que todos los ciudadanos tengan conciencia del peligro real que suponen los COP.
Fuente: Magrama